Familia de soldado ahogado cuestiona competencia militar en el caso

La familia del soldado Carlos León Rico, de 24 años y oriundo de El Viso del Alcor (Sevilla), quien falleció recientemente en maniobras junto al cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar en la base de la Brigada Guzmán el Bueno X de Cerro Muriano, Córdoba, ha tomado medidas legales

Nuevodiario.es

Inconformidad y búsqueda de justicia

La familia del soldado Carlos León Rico, de 24 años y oriundo de El Viso del Alcor (Sevilla), quien falleció recientemente en maniobras junto al cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar en la base de la Brigada Guzmán el Bueno X de Cerro Muriano, Córdoba, ha tomado medidas legales. En este contexto, presentaron un recurso de apelación ante el Juzgado de Instrucción Número Cuatro de Córdoba contra su derivación al Juzgado Togado Militar Territorial número 21 de Sevilla.

Cuestionamiento de negligencia militar

En el recurso, el letrado Luis Romero, representante de la familia de Carlos León Rico, busca que el Juzgado de Instrucción número cuatro de Córdoba continúe instruyendo el caso. En este sentido, argumenta que los hechos del pasado 21 de diciembre no encajan en el Código Penal Militar. Además, sostiene que se trata de un delito de homicidio doloso eventual, en comisión por omisión, tipificado en el Código Penal común, y no en el Código Militar.

Diferencias legales significativas

Según el abogado, el Código Militar solo tipifica el maltrato de obra, mientras que el Código Penal común aborda el homicidio doloso, un delito más grave y específico. Alega que, al existir delitos tipificados en ambos códigos, debería aplicarse el Código Penal común, que establece penas más severas para el delito de homicidio.

Responsabilidad de la cadena de mando

El letrado señala que la cadena de mando, incluyendo al general de la Brigada X Guzmán el Bueno y varios coroneles, tenientes coronel, comandante, capitán, tenientes y sargento, comparte responsabilidad en los hechos. Se acusa a estos oficiales de asumir un “riesgo extremo” al ordenar a la tropa atravesar un lago artificial sin las medidas de seguridad adecuadas.

Imputación objetiva y negligencia militar

El recurso sostiene que el capitán, a cargo de la maniobra, tenía conocimiento consciente del riesgo y no tomó las medidas necesarias. Se le imputa objetivamente la responsabilidad por no garantizar las medidas de seguridad y no aplazar la práctica, a pesar de las advertencias de los soldados. Además, se destaca la falta de supervisión y aprobación legal de la maniobra por parte de los oficiales superiores.

Detalles inquietantes y falta de seguridad